Permiso de cierre de vías por marchas y manifestaciones públicas

Nombre del TramitePermiso de cierre de vías por marchas y manifestaciones públicas
DescripciónTrámite para solicitar ante el Organismo de Tránsito permiso para cierres viales por marchas y manifestaciones.
NormatividadArtículos 99, 100, 101 y 102 – Ley 769 de 2002. Ministerio de Transporte

Resolución 1050 de 2004 - Ministerio de transporte

CONSTITUCION NACIONAL DE COLOMBIA - ARTICULO 37º—Toda parte del pueblo puede reunirse y manifestarse pública y pacíficamente. Sólo la ley podrá establecer de manera expresa los casos en los cuales se podrá limitar el ejercicio de este derecho.
RequisitosCierre vial por Marchas Públicas:

1. Carta de solicitud dirigida a la Oficina Técnica de la Secretaría Distrital de Tránsito y Seguridad Vial; que indique el nombre completo del solicitante, cédula o Nit empresarial, dirección de envío de correspondencia, teléfono y/o celular y email para notificaciones, radicada con una antelación no inferior a quince (15) días. Dicha carta debe contener el objetivo de la marcha, fecha y horarios solicitados para la marcha pública, descripción clara del recorrido de la marcha indicando las calles donde transitarán, respetando los sentidos de circulación vial, aforo de personas que participarán en la marcha.

2. Copia de la carta de solicitud radicada ante la Oficina de Participación Ciudadana de la Alcaldía de Barranquilla con una antelación no inferior a quince (15) días, a la realización de la marcha.

3. Plano del cierre de vías y recorrido, legible y entendible, que contenga convenciones, norte, nomenclatura y sentidos viales.

Descripción del recorrido indicando las vías por donde transitarán de acuerdo con los sentidos de circulación vial. Aforo de los participantes de la marcha.

Nota: El correo electrónico especificado en la carta de solicitud del permiso, se entenderá que puede ser utilizado para realizar notificaciones e informar sobre el estado del trámite.
Costo del trámiteNo Aplica - Ley Nacional ARTICULO 37º De la Constitución Nacional
Tiempo de respuestaDiez (10) días hábiles antes de la realización de la Marcha Pública.
ProcedimientoCierre vial por Marchas Públicas:

· El usuario deberá radicar en la oficina de Gestión Documental de la Alcaldía de Barranquilla del primer piso con todos los documentos de su solicitud a nombre de la Secretaría Distrital de Tránsito y Seguridad Vial.

· Un funcionario de la Oficina Técnica revisa el plano de del recorrido de la Marcha y el cumplimiento de todos los requisitos arriba mencionados, la Secretaría Distrital de Tránsito y Seguridad Vial envía un email para los siguientes casos: Sí los requisitos no fueron entregados en su totalidad, se informará al solicitante que deberá cumplir con lo arriba descrito para que sean subsanadas las observaciones encontradas. En caso de ser viable, Oficina Técnica de la Distrital de Tránsito y Seguridad Vial enviará email a la Oficina de Participación Ciudadana y al solicitante, donde se informa que la ruta original propuesta para el recorrido es viable. En caso de no ser viable el recorrido, la Oficina Técnica de la Distrital de Tránsito y Seguridad Vial planteará recomendaciones con un nuevo recorrido y se enviará mediante email a la Oficina de Participación Ciudadana y al Solicitante. El solicitante tendrá hasta dos (2) días hábiles antes de realizarse la marcha para que presente físicamente o vía email los requisitos faltantes para el total cumplimiento de los requisitos, así como la aceptación final del recorrido definitivo, si no lo realizase la Distrital de Tránsito y Seguridad Vial envía email y oficio donde informa que no es viable la realización de la marcha propuesta por el solicitante.

· El usuario deberá solicitar el documento definitivo en la Oficina de Participación Ciudadana.
LugarSecretaría Distrital de Tránsito y Seguridad Vial - Sede Administrativa
Dirección
Cra 54 No 74-127
Vínculos TransaccionalesNo tiene costo
Formatos Descargables
Correo electrónicoatencionalciudadano@barranquilla.gov.co
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