Beneficios Económicos Periódicos -Beps-

Desde el 2019, y durante cada vigencia, la Alcaldía de Barranquilla, a través de la Secretaría Distrital de Cultura y Patrimonio, adelanta una convocatoria cada semestre donde los artistas y gestores culturales de la ciudad que estén acreditados como tales ante el Ministerio de Cultura puedan acceder al Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos, por  medio del programa  Beps-, de la Administradora Colombia de Pensiones, Colpensiones.

Beneficios Económicos Periódicos, BEPS, es un programa de ahorro voluntario diseñado para proteger a las personas a quienes sus recursos no les alcanzan para cotizar a pensión. Las personas que ahorran en BEPS construyen el capital que les permitirá disfrutar en su vejez de un ingreso económico de por vida. El programa es flexible y permite a los ciudadanos ahorrar de acuerdo a sus capacidades económicas de manera diaria, semanal o mensual.

El Gobierno Nacional expidió el decreto 2012 del 30 de noviembre de 2017, que autoriza a los entes territoriales para que puedan destinar el 10% de los recursos que recauden a través de la Estampilla pro-Cultura.

La norma, expedida por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, señala que los municipios podrán destinar 10% de ese recaudo para aquellos gestores culturales vinculados a Beps  por medio de alguna de las modalidades que ofrece el programa:

Anualidad vitalicia

Una anualidad vitalicia es la modalidad mediante la cual el beneficiario del Servicio Social Complementario BEPS, accede a la asignación de una suma mensual, que será entregada bimestralmente (cada 2 meses) hasta su fallecimiento. La denominación de ‘anualidad’ denota cada cuanto se ajusta el incremento de este monto, de acuerdo con la variación porcentual del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

La anualidad vitalicia equivale a máximo un 30% del salario mínimo mensual legal vigente, a favor de los creadores y gestores culturales hombres y mujeres que tengan una edad de 62 años hombres y 57 años mujeres, en el Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos, siempre que se encuentren afiliados al Régimen Subsidiado en Salud o como beneficiarios del Régimen Contributivo de Salud, adquirir este beneficio le permitirá acceder a la asignación de una suma mensual, que será entregada bimestralmente (cada 2 meses) hasta su fallecimiento.

Motivación al ahorro

Es la modalidad mediante la cual los creadores y gestores culturales que no tengan la edad para acceder a la anualidad vitalicia pueden recibir como beneficio un monto destinado al ahorro, siempre y cuando se encuentren afiliados al Régimen Subsidiado en Salud o como Beneficiarios del Régimen Contributivo en Salud.

De acuerdo con los recursos disponibles del recaudo del 10% de la estampilla Procultura, la entidad territorial definirá el monto que entregará como beneficio para apoyar la financiación de aportes a cada persona beneficiada con el  Servicio Social Complementario de BEPS (motivación al ahorro) Las personas beneficiadas en esta modalidad harán sus aportes, de manera voluntaria, al Servicio Social Complementario de BEPS, y además el Estado les otorgará un incentivo periódico del 20% sobre estos aportes y si sus aportes al año son de mínimo $200.000 se les otorgará un seguro de vida.

En ningún caso el de motivación al ahorro BEPS, genera derechos ciertos o expectativas legítimas, por lo cual, una vez agotados los recursos, la entidad territorial no estará obligada a continuar realizando estos aportes.

Cada convocatoria es liderada por los entes territoriales y el Ministerio de Cultura, de acuerdo con unos criterios definidos, determinará a quienes se les otorga el beneficio.

Los resultados definitivos de cada proceso se adoptan mediante Resolución Distrital, expedida por la Secretaría Distrital de Cultura, Patrimonio y Turismo de Barranquilla, los cuales se encuentran publicados a continuación.

Para la vigencia del primer período 2022 el plazo para postularse en la convocatoria es del 15 de febrero al 13 de marzo

Decreto 2012 de 2017

Resolución 2260 de 2018

Cronograma tercera Fase – BEPS Creadores y Gestores Culturales

Formato – Identificación de Creadores y Gestores Culturales

Formato Declaración Juramentada 

Resolución No. 006 del 2020 – Beneficiados Convocatoria II Fase 2019

Resolución No.020_BEPS 2020-01

Resolución No 009 DE 2021 -Beneficiarios Anualidad Vitalicia y Motivación al Ahorro BEPS 

RESOLUCIÓN No. 022 de 2021

Resolución No.  024 de 2021

Resolución 006 de 2022

Resolución 020 de 2022

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