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Ayuda humanitaria

Pagos de auxilio de arriendos

La intensidad de las lluvias ocurridas durante la ola invernal de los años 2010-2011, a causa del fenómeno climático LA NIÑA, dejó a su paso por Colombia más de 2 millones de damnificados, pérdidas de vidas humanas, grandes daños generados a la infraestructura pública y cuantiosas pérdidas materiales a los damnificados y afectados.

En diciembre de 2010 el gobierno nacional decretó la situación de desastre nacional como motivación para decretar el Estado de Emergencia por grave calamidad pública para poder afrontar los efectos de la crisis generada por la ola invernal.

Entre las medidas dictadas en el Estado de Emergencia decretado, al Fondo Nacional de Calamidades le fue creada la subcuenta COLOMBIA HUMANITARIA, como cuenta especial de la Nación para brindar atención humanitaria a todos los damnificados de cada zona del país que resultó severamente impactada por la situación de desastre nacional del año 2010.

El Fondo Nacional de Calamidades a través de la subcuenta Colombia Humanitaria ha transferido a las distintas entidades territoriales, recursos destinados a gasto de atención humanitaria para atender el respectivo censo de damnificados de ola invernal 2010-2011 registrado y avalado por los Clopad y los Crepad. La ciudad de Barranquilla registró en su censo de damnificados más de 2.500 familias las cuales han sido atendidas con entrega de kit de alimento y aseo y pago de auxilio de arriendo temporal a través de pagos realizados por la entidad operadora de los recursos asignados al Distrito de Barranquilla la Caja de Compensación Combarranquilla.

En el 2012, la ayuda continuará con pago de auxilio de arriendo temporal a este censo de familias ya atendidas programando jornadas de pago organizando por barrios las entregas. Entre los barrios atendidos están El Bosque, Cuchilla de Villate, Simón Bolívar, Las Américas, Carrizal, Villa del Rosario, La Esmeralda, 7 de Abril, Santo Domingo, La Chinita, Carlos Meisel, Me quejo y otros.

LEY 1474 DE 2011, ARTICULO 26: FRAUDE DE SUBVENCIONES: El que obtenga una subvención, ayude a subsidio proveniente de recursos públicos mediante engaño sobre las condiciones requeridas para su concesión o callando total o parcialmente la verdad, incurrirá en prisión de cinco (5) a nueve (9) años, multa de doscientos (200) a mil (1.000) salario mínimos legales mensuales vigentes e inhabilidad para el ejercicio de derechos y funciones públicas de seis (6) a doce (12) años. Las mismas penas se impondrán al que no invierta los recursos obtenidos a través de una subvención, subsidio o ayuda de una entidad pública a la finalidad a la cual estén destinados.

Notificación para entrega de información sobre reconocimiento de apoyo económico a 71 familias damnificadas directa de la segunda temporada invernal de 2011

La Oficina de Prevención y Atención de Emergencias y Desastres requiere la presencia exclusivamente de las personas relacionadas en la lista adjunta, para que se notifiquen del reconocimiento ordenado por la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo, referente a un apoyo económico de hasta un millón quinientos mil pesos ($1.500.000) para cada familia damnificada directa de la segunda temporada invernal de 2011. (icon Leer comunicado.). Consulte a continuación los listado de pagos a damnificados:

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