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El Distrito establece los plazos, el contenido y las características para presentar la información exógena 2019 a través de los medios magnéticos

Esta información se debe organizar en un formato XML, (Excel), mejor conocido como medios magnéticos.

Una de las ventajas de la tecnología actual es la mejora en la comunicación entre las empresas y los entes gubernamentales, siendo posible la entrega de todo tipo de información de forma electrónica.

La información exógena que no es más que el conjunto de datos de operaciones con terceros (clientes o usuarios), de sus productos o servicios; se debe organizar en un formato XML, mejor conocido como medios magnéticos.

Mediante la RESOLUCIÓN GGI-DE-RE N° 00012 DE 2018 (25 de Octubre de 2018), la Gerencia de Gestión de Ingresos de la Secretaría de Hacienda de la Alcaldía Distrital de Barranquilla establecen los plazos, el contenido, y las características de la información exógena que deben ser suministrados por parte de las personas naturales o jurídicas, declarantes, contribuyentes y/o agentes retenedores del impuesto de Industria y Comercio.

Según el artículo primero de esta resolución, las personas naturales o jurídicas que sean declarantes, contribuyentes y/o agentes de retención del impuesto de Industria y Comercio y que hayan obtenido en el año gravable 2017 ingresos brutos totales superiores a 68.015 UVT, deberán presentar ante la Gerencia de Gestión de Ingresos en los términos y condiciones que se establecen la información solicitada únicamente por medio electrónico a través de la página Web de la Alcaldía del Distrito Especial Industrial y Portuario de Barranquilla, www.barranquilla.gov.co, en el link habilitado para tal fin.

Los obligados a suministrar esta información en medio electrónico deberán autenticarse con su respectivo usuario y contraseña de identificación en el sitio web. Los declarantes, contribuyentes y/o agentes retenedores que no cuenten con usuario y contraseña, deberán realizar el proceso de registro.

Los plazos para presentar la información exógena deberán ser suministrados en las siguientes fechas, teniendo en cuenta el último digito del NIT o Número de Identificación Tributaria:

Cabe resaltar que las personas naturales o jurídicas y entidades obligadas a suministrar la información tributaria prevista en la presente resolución, que no la suministren dentro del plazo establecido para ello, o cuyo contenido presente errores o no corresponda a lo solicitado, incurrirán en la sanción prevista en el Artículo 271 del Estatuto Tributario Distrital, Decreto 0180 de 2010 renumerado por el Decreto 0924 de 2011 y modificado por el Artículo vigésimo segundo del Acuerdo 033 de 2013.

Para más información sobre la estructura, formato y contenido de la información que deberá enviarse te invitamos a descargar la RESOLUCIÓN GGI-DE-RE N° 00012 DE 2018 (25 de Octubre de 2018) 

Conoce la ruta de acceso

  • Entrar a la página web de la Alcaldía Distrital de Barranquilla  https://www.barranquilla.gov.co/
  • Buscar el módulo de Impuestos Distritales
  • Buscar Impuesto de Industria y Comercio
  • Oprimir “Servicios para usuarios registrados e información exógena”
  • Colocar nombre de usuario y contraseña
  • Oprimir Ingresar

Recuerde que de no tener un usuario y contraseña, debe crearlo siguiendo las indicaciones que le ofrece la página web.