Derechos de autor
El derecho de autor es la rama de la propiedad intelectual que reconoce, en cabeza de los autores, ciertas prerrogativas morales y patrimoniales sobre sus obras artísticas y literarias que sean originales, y susceptibles de ser divulgadas o reproducidas por cualquier medio. Los derechos conexos, por otro lado, son aquellos derechos reconocidos a los artistas intérpretes o ejecutantes, los productores de fonogramas y los organismos de radiodifusión, sobre sus interpretaciones, fonogramas o emisiones de radiodifusión. La regulación del derecho de autor y los derechos conexos se encuentra principalmente en la Ley 23 de 1982 y la Decisión Andina 351 de 1993.
¿Qué protege el derecho de autor?
El derecho de autor protege toda creación intelectual original de naturaleza artística o literaria, creada por una persona física, y susceptible de ser divulgada o reproducida.
¿Qué hace la Dirección Nacional de Derecho de Autor?
En Colombia el órgano institucional que se encarga del diseño, dirección, administración y ejecución de las políticas gubernamentales en materia de derecho de autor y derechos conexos, es la Dirección Nacional de Derecho de Autor, adscrita al Ministerio del Interior. En tal calidad posee el llamado institucional de fortalecer la debida y adecuada protección de los diversos titulares del derecho de autor y los derechos conexos, contribuyendo a la formación, desarrollo y sustentación de una cultura nacional de respeto por los derechos de los diversos autores y titulares de las obras literarias y artísticas.
Registro de obras
Las obras están protegidas por el derecho de autor desde el mismo momento de su creación, sin embargo, es importante contar con el registro que concede la Dirección Nacional de Derecho de Autor, ya que es un medio de prueba idóneo ante un juez de la república en caso de cualquier tipo de controversia que pueda surgir. Esta entidad, adscrita al Ministerio del Interior, es la única en Colombia que tiene la competencia para otorgar el registro de derecho de autor. Es decir que este registro no se hace ante las notarías o empresas privadas. El registro de obras en Colombia es completamente gratuito, fácil y seguro de realizar. No se requiere de intermediarios.
¿Cuándo incumplimos con la ley de derechos de autor?
Se configura el plagio que es una de las tantas formas de violar los derechos de autor. Está la clonación literal, es cuando se presenta una obra como propia. También está el mosaico, que básicamente es copiar y encajar la información de múltiples fuentes de forma coherente; o el Remix, que es cuando se parafrasean párrafos extraídos de otros autores. Quizás una muy común y hábil a la hora de plagiar es cuando se copia fragmentos de una obra o texto y se le cambian palabras claves.
¿Qué sanciones o penalidades tiene la violación de la ley de derechos de autor?
Podría acarrear penas de prisión de entre 32 a 90 meses y multas de 26,66 a 300 SMMLV.
Por su parte, si la violación del derecho de autor genera afectación patrimonial porque se llega a hacer una reproducción pública de la obra, el Código Penal en su artículo 271 estipula penas que van desde cuatro a ocho años y multas de 26,66 a 1.000 salarios mínimos.