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Facilidades de pago para los deudores de obligaciones tributarias
Obtener por el deudor o por un tercero a su nombre, facilidades para el pago de obligaciones tributarias.
Obtener por el deudor o por un tercero a su nombre, facilidades para el pago de obligaciones tributarias
1. Realizar el pago de la cuota inicial
- Cancelar el 30% de la cartera del tributo a realizar la facilidad de pago, en caso de embargo la cuota debe ser el 50%; el recaudo es únicamente a través de recibo oficial de pago con código de barras y se obtiene en las ventanillas de atención al público.
2. Alistar la documentación y cumplir condiciones
- Carta de solicitud 1 Original(es) Con sello de presentación personal sea realizado en la entidad o en Notaria
- Anotaciones adicionales: Debe ser firmada por el peticionario con sello de presentación personal, señalando en forma expresa el plazo solicitado, así como la descripción de la garantía ofrecida (solicitud de cartera diferida a más de 12 cuotas). Dicho peticionario debe ser el directo responsable del tributo o apoderado
- Cédula de ciudadanía 1 Fotocopia(s) legible
- Anotaciones adicionales: Peticionario: * Impuesto Predial Unificado: Propietario * Contribución de Valorización: Propietario * Industria y Comercio: Representante Legal * Alumbrado Público: Contribuyente
3. Radicar documentos
- Se recibe la documentación, se realiza la presentación personal y se radica.
- Para mayor información: GOV.CO / Visor SUIT
- Correo electrónico: atencionalciudadano@barranquilla.gov.co