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Devolución y/o compensación de pagos en exceso y pagos de lo no debido

Conoce sobre el trámite aquí

Obtener la devolución y/o compensación de pagos, si tiene pagos en exceso o lo no debido, es decir, si ha cancelado sumas mayores por concepto de obligaciones tributarias o ha efectuado pagos sin que exista causa legal para hacer exigible su cumplimiento

1. Reunir documentos

  • Carta de solicitud 1 Original(es) firmada por el responsable del tributo
  • Anotaciones adicionales: Indicar los hechos que explican la generación del saldo a favor del contribuyente. La solicitud de devolución y/o compensación debe presentarse por el contribuyente o responsable, o por su representante legal si es persona jurídica, por el apoderado o persona que acredite el interés para actuar
  • Cédula de ciudadanía 1 Copia(s) del responsable del tributo
  • Registro único tributario – RUT 1 Fotocopia(s) legible
  • Certificación bancaria 1 Original(es)
  • Anotaciones adicionales: Para todos los tributos: Certificación original expedida por la entidad bancaria, en la cual se certifique el nombre e identificación del titular de la cuenta (debe ser del contribuyente), número de la cuenta, tipo de cuenta y estado activo de la misma, para efectos de la consignación de los valores. La fecha de expedición del certificado no debe ser mayor a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de radicación de la solicitud.
  • Fotocopia de las declaraciones y/o recibos oficiales de pago que originan el pago en exceso o de lo no debido 1 Fotocopia(s)
  • Anotaciones adicionales: Para todos los tributos: En caso de no aportarlos, indicar número de formulario y la fecha de presentación.

2. Radicación de la documentación

  • Se radica la documentación aportada por el solicitante

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