Reconocimiento de personería jurídica de los organismos de acción comunal de primero y segundo grado

Conoce sobre este trámite aquí

Acreditar a las Juntas de Acción Comunal, Juntas de Vivienda Comunitaria y Asociaciones de Juntas de Acción Comunal como organizaciones sin ánimo de lucro, con capacidad suficiente para contraer obligaciones, ejercer derechos y realizar actividades en beneficio de la comunidad que representan

Secretaría: Secretaría de Gobierno

Dependencia: Oficina de Participación Ciudadana

Dirección oficinas: Cl. 34 # 43-31 Paseo Bolívar, Piso 6 Barranquilla, Atlántico

Tipo de Trámite: Mixto

¿Cuándo se debe realizar? Cuando sea solicitado por las personas interesadas en conformar una nueva junta de acción comunal.

Costo: No, es gratuito

Descuentos: No aplica

Medios y formas de pago: No aplica

Normatividad: Documento técnico Constitución política de Colombia de 1991, (Artículo 38)
Decreto 1066 de 2015 (Artículo 2.3.2.1.4.)

Tratamiento de datos: Decreto 0010 de 2019 “por medio del cual se adoptan las políticas de seguridad de la información digital y de tratamiento de datos personales del distrito especial industrial y portuario de Barranquilla versión 2019” link  https://www.barranquilla.gov.co/funcionarios/protegemos-tus-datos-personales

Procedimiento:

  1. Remitir a la oficina de participación ciudadana la siguiente documentación Certificación expedida por la autoridad competente, relacionada con la
    delimitación del territorio en la cual desarrollará su actividad el organismo de acción comunal.
  2. Relación en que se detalle el nombre y documento de identificación de los afiliados y/o afiliadas al organismo comunal.
  3. Acta de constitución y de elección de directivas y de aprobación de estatutos, debidamente suscritas por el presidente y secretario de la Asamblea General. Adicionalmente, el acta correspondiente a la elección de directivas debe estar firmada por los miembros del tribunal de garantías nombrados por la organización comunal para tal fin.
  4. Copia de los estatutos.
  5. Revisión de los documentos aportados
  6. Expedición de auto de personería jurídica

Documentos requeridos: Documento de Solicitud escrita de reconocimiento de personería jurídica: 1 Fotocopia(s)
Documento de Certificación de delimitación de territorio: 1 Fotocopia(s)

Anotaciones Adicionales: Expedida por la autoridad competente, relacionada con la delimitación del territorio en la cual va a desarrollar su actividad
Documento Relación de los afiliados(as) al organismo comunal: 1 Fotocopia(s)

Anotaciones Adicionales: En la que se detalle el nombre y documento de identificación de cada uno de los afiliados
Documento Acta de constitución y de elección de las directivas: 1 Original(es)

Anotaciones Adicionales: debidamente suscritas por el presidente y secretario de la Asamblea General. Adicionalmente, el acta correspondiente a la elección de directivas debe estar firmada por los miembros del tribunal de garantías nombrados por la organización comunal para tal fin
Documento Estatutos de la organización comunal: 1 Fotocopia(s)
Documento Acta de aprobación de estatutos: 1 Original(es)

Anotaciones Adicionales: debidamente suscritas por el presidente y secretario de la Asamblea General

Lugar de radicación de la solicitud y/o entrega: Presencial: Calle 34 No 43-31 Alcaldía de Barranquilla lunes a viernes 7:00 AM a 12:00 m y de 1:00 PM a 5:00 pm

Telefónico: Líneas de atención (57+5) 3399888 – 3399889 Lunes a Jueves: 7:00 a.m. – 12:00 m / 1:00 p.m. – 5:00p.m.Viernes: 8:00 a.m. – 12:00 m / 1:00 p.m. – 5:00 p.m.

Ventanilla virtual https://www.barranquilla.gov.co/atencion-al-ciudadano/peticiones-quejas-reclamos-o-denuncias

Correo electrónico: atencionalciudadano@barranquilla.gov.co

Plataformas tecnológicas de seguimiento o gestión: http://gestdoc.barranquilla.gov.co:83/ConsultaCorrespondenciaExterna/

Documentos generados por la alcaldía: Auto de reconocimiento de personería jurídica de los organismos de acción comunal

Tiempo de respuesta: 15 días

Medio de respuesta: Presencial: Correo certificado Virtual: Correo electrónico

Contacto para inquietudes: participacionciudadana@barranquilla.gov.co

Ver Sistema único de información de Trámites (SUIT): http://visor.suit.gov.co/VisorSUIT/index.jsf?FI=48945

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