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Reconocimiento de personería jurídica de los organismos de acción comunal de primero y segundo grado
Conoce sobre este trámite aquí
Acreditar a las Juntas de Acción Comunal, Juntas de Vivienda Comunitaria y Asociaciones de Juntas de Acción Comunal como organizaciones sin ánimo de lucro, con capacidad suficiente para contraer obligaciones, ejercer derechos y realizar actividades en beneficio de la comunidad que representan
Secretaría: Secretaría de Gobierno
Dependencia: Oficina de Participación Ciudadana
Dirección oficinas: Cl. 34 # 43-31 Paseo Bolívar, Piso 6 Barranquilla, Atlántico
Tipo de Trámite: Mixto
¿Cuándo se debe realizar? Cuando sea solicitado por las personas interesadas en conformar una nueva junta de acción comunal.
Costo: No, es gratuito
Descuentos: No aplica
Medios y formas de pago: No aplica
Normatividad: Documento técnico Constitución política de Colombia de 1991, (Artículo 38)
Decreto 1066 de 2015 (Artículo 2.3.2.1.4.)
Tratamiento de datos: Decreto 0010 de 2019 “por medio del cual se adoptan las políticas de seguridad de la información digital y de tratamiento de datos personales del distrito especial industrial y portuario de Barranquilla versión 2019” link https://www.barranquilla.gov.co/funcionarios/protegemos-tus-datos-personales
Procedimiento:
- Remitir a la oficina de participación ciudadana la siguiente documentación Certificación expedida por la autoridad competente, relacionada con la
delimitación del territorio en la cual desarrollará su actividad el organismo de acción comunal. - Relación en que se detalle el nombre y documento de identificación de los afiliados y/o afiliadas al organismo comunal.
- Acta de constitución y de elección de directivas y de aprobación de estatutos, debidamente suscritas por el presidente y secretario de la Asamblea General. Adicionalmente, el acta correspondiente a la elección de directivas debe estar firmada por los miembros del tribunal de garantías nombrados por la organización comunal para tal fin.
- Copia de los estatutos.
- Revisión de los documentos aportados
- Expedición de auto de personería jurídica
Documentos requeridos: Documento de Solicitud escrita de reconocimiento de personería jurídica: 1 Fotocopia(s)
Documento de Certificación de delimitación de territorio: 1 Fotocopia(s)
Anotaciones Adicionales: Expedida por la autoridad competente, relacionada con la delimitación del territorio en la cual va a desarrollar su actividad
Documento Relación de los afiliados(as) al organismo comunal: 1 Fotocopia(s)
Anotaciones Adicionales: En la que se detalle el nombre y documento de identificación de cada uno de los afiliados
Documento Acta de constitución y de elección de las directivas: 1 Original(es)
Anotaciones Adicionales: debidamente suscritas por el presidente y secretario de la Asamblea General. Adicionalmente, el acta correspondiente a la elección de directivas debe estar firmada por los miembros del tribunal de garantías nombrados por la organización comunal para tal fin
Documento Estatutos de la organización comunal: 1 Fotocopia(s)
Documento Acta de aprobación de estatutos: 1 Original(es)
Anotaciones Adicionales: debidamente suscritas por el presidente y secretario de la Asamblea General
Lugar de radicación de la solicitud y/o entrega: Presencial: Calle 34 No 43-31 Alcaldía de Barranquilla lunes a viernes 7:00 AM a 12:00 m y de 1:00 PM a 5:00 pm
Telefónico: Líneas de atención (57+5) 3399888 – 3399889 Lunes a Jueves: 7:00 a.m. – 12:00 m / 1:00 p.m. – 5:00p.m.Viernes: 8:00 a.m. – 12:00 m / 1:00 p.m. – 5:00 p.m.
Ventanilla virtual https://www.barranquilla.gov.co/atencion-al-ciudadano/peticiones-quejas-reclamos-o-denuncias
Correo electrónico: atencionalciudadano@barranquilla.gov.co
Plataformas tecnológicas de seguimiento o gestión: http://gestdoc.barranquilla.gov.co:83/ConsultaCorrespondenciaExterna/
Documentos generados por la alcaldía: Auto de reconocimiento de personería jurídica de los organismos de acción comunal
Tiempo de respuesta: 15 días
Medio de respuesta: Presencial: Correo certificado Virtual: Correo electrónico
Contacto para inquietudes: participacionciudadana@barranquilla.gov.co
Ver Sistema único de información de Trámites (SUIT): http://visor.suit.gov.co/VisorSUIT/index.jsf?FI=48945