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Cancelación de personería jurídica de los organizaciones comunales de primero y segundo grado
Conoce acerca de este trámite aquí
Cancelación del reconocimiento legal que se impone a una organización comunal por violación de las normas legales y estatutarias o por disolución de la organización
Secretaría: Secretaría de Gobierno
Dependencia: Oficina de Participación Ciudadana
Dirección oficinas: Cl. 34 # 43-31 Paseo Bolívar, Piso 6 Barranquilla, Atlántico
Tipo de Trámite: Mixto
¿Cuándo se debe realizar? Cuando se incumpla con lo establecido en la normatividad comunal
Costo: No, es gratuito
Descuentos: No aplica
Medios y formas de pago: No aplica
Normatividad: Documento técnico Constitución política de Colombia de 1991, (Artículo 38)
Ley 743 de 2002, (Artículos 17, 26, 58, 59, 60, 61)
Decreto 890 de 2008, (Artículos 9 numeral e, 10-17)
Tratamiento de datos: Decreto 0010 de 2019 “por medio del cual se adoptan las políticas de seguridad de la información digital y de tratamiento de datos personales del distrito especial industrial y portuario de Barranquilla versión 2019” link https://www.barranquilla.gov.co/funcionarios/protegemos-tus-datos-personales
Procedimiento:
- Se advierte por parte de la Oficina de Participación Ciudadana que el organismo comunal no está cumpliendo con lo establecido en la normatividad comunal.
- Expedición de acto administrativo donde se decide de la cancelación de la personería jurídica del organismo comunal.
Documentos requeridos: Documento Solicitud de cancelación de personería jurídica:
1 Original(es)
En caso de que exista un presunto incumplimiento de las obligaciones impuestas por la ley y sus reglamentos por parte de un organismo de acción comunal y advertida previamente por la entidad que ejerce el control y vigilancia se procederá a la aplicación del IVC y se motivará la decisión de cancelación.
Lugar de radicación de la solicitud y/o entrega: Presencial: Calle 34 No 43-31 Alcaldía de Barranquilla lunes a viernes 7:00 AM a 12:00 m y de 1:00 PM a 5:00 pm
Telefónico: Líneas de atención (57+5) 3399888 – 3399889 Lunes a Jueves: 7:00 a.m. – 12:00 m / 1:00 p.m. – 5:00p.m. Viernes: 8:00 a.m. – 12:00 m / 1:00 p.m. – 5:00 p.m.
Ventanilla virtual https://www.barranquilla.gov.co/atencion-al-ciudadano/peticiones-quejas-reclamos-o-denuncias
Correo electrónico: atencionalciudadano@barranquilla.gov.co
Plataformas tecnológicas de seguimiento o gestión: http://gestdoc.barranquilla.gov.co:83/ConsultaCorrespondenciaExterna/
Documentos generados por la alcaldía: Acto administrativo de cancelación de la personería jurídica de la organización comunal.
Tiempo de respuesta: 30 días
Medio de respuesta: Presencial: Correo certificado Virtual: Correo electrónico
Contacto para inquietudes: participacionciudadana@barranquilla.gov.co
Ver Sistema único de información de Trámites (SUIT): http://visor.suit.gov.co/VisorSUIT/index.jsf?FI=48946