Cancelación de personería jurídica de los organizaciones comunales de primero y segundo grado

Conoce acerca de este trámite aquí

Cancelación del reconocimiento legal que se impone a una organización comunal por violación de las normas legales y estatutarias o por disolución de la organización

Secretaría: Secretaría de Gobierno

Dependencia: Oficina de Participación Ciudadana

Dirección oficinas: Cl. 34 # 43-31 Paseo Bolívar, Piso 6 Barranquilla, Atlántico

Tipo de Trámite: Mixto

¿Cuándo se debe realizar? Cuando se incumpla con lo establecido en la normatividad comunal

Costo: No, es gratuito

Descuentos: No aplica

Medios y formas de pago: No aplica

Normatividad: Documento técnico Constitución política de Colombia de 1991, (Artículo 38)
Ley 743 de 2002, (Artículos 17, 26, 58, 59, 60, 61)
Decreto 890 de 2008, (Artículos 9 numeral e, 10-17)

Tratamiento de datos: Decreto 0010 de 2019 “por medio del cual se adoptan las políticas de seguridad de la información digital y de tratamiento de datos personales del distrito especial industrial y portuario de Barranquilla versión 2019” link  https://www.barranquilla.gov.co/funcionarios/protegemos-tus-datos-personales

Procedimiento:

  1. Se advierte por parte de la Oficina de Participación Ciudadana que el organismo comunal no está cumpliendo con lo establecido en la normatividad comunal.
  2.  Expedición de acto administrativo donde se decide de la cancelación de la personería jurídica del organismo comunal.

Documentos requeridos: Documento Solicitud de cancelación de personería jurídica:

1 Original(es)
En caso de que exista un presunto incumplimiento de las obligaciones impuestas por la ley y sus reglamentos por parte de un organismo de acción comunal y advertida previamente por la entidad que ejerce el control y vigilancia se procederá a la aplicación del IVC y se motivará la decisión de cancelación.

Lugar de radicación de la solicitud y/o entrega: Presencial: Calle 34 No 43-31 Alcaldía de Barranquilla lunes a viernes 7:00 AM a 12:00 m y de 1:00 PM a 5:00 pm

Telefónico: Líneas de atención (57+5) 3399888 – 3399889 Lunes a Jueves: 7:00 a.m. – 12:00 m / 1:00 p.m. – 5:00p.m. Viernes: 8:00 a.m. – 12:00 m / 1:00 p.m. – 5:00 p.m.

Ventanilla virtual https://www.barranquilla.gov.co/atencion-al-ciudadano/peticiones-quejas-reclamos-o-denuncias

Correo electrónico: atencionalciudadano@barranquilla.gov.co

Plataformas tecnológicas de seguimiento o gestión: http://gestdoc.barranquilla.gov.co:83/ConsultaCorrespondenciaExterna/

Documentos generados por la alcaldía: Acto administrativo de cancelación de la personería jurídica de la organización comunal.

Tiempo de respuesta: 30 días

Medio de respuesta: Presencial: Correo certificado Virtual: Correo electrónico

Contacto para inquietudes: participacionciudadana@barranquilla.gov.co

Ver Sistema único de información de Trámites (SUIT): http://visor.suit.gov.co/VisorSUIT/index.jsf?FI=48946

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