Devolución de títulos de depósitos judiciales

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ClasificaciónAdministración pública
DescripciónTrámite mediante el cual los contribuyentes del Distrito de Barranquilla, solicitan la devolución de los dineros y/o títulos de depósitos judiciales constituidos en ocasión a los embargos de dineros realizado por la Administración dentro del proceso administrativo de cobro coactivo adelantado en su contra para exigir el pago de deudas fiscales.
Requisitos1. Solicitud por escrito firmada por el peticionario con sello de presentación personal (debidamente diligenciado en las ventanillas de atención o en notaria) requiriendo la devolución de los títulos de depósitos judiciales.

2. Acreditar legitimidad, capacidad y representación del peticionario. (Fotocopia de documento de identidad, si es persona jurídica adicionar certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de comercio y si es apoderado anexar poder debidamente autenticado).

3. Estar a paz y salvo con el pago de las obligaciones y previamente desembargado.
CostoSin costo
Tiempo de respuesta15 días hábiles
ProcedimientoSe radica la solicitud con sus respectivos anexos, se estudia su procedencia (documentación y consulta a sistemas de información tributario para verificar estados de cuenta), si es viable la devolución se comunica al contribuyente para que comparezca a la Administración para la entrega mediante Acta de los títulos de depósitos judiciales por desembargo y/o terminación del proceso Administrativo de cobro.
lugarGerencia de Gestión de ingresos o Alcaldía Local Riomar
DirecciónGerencia de Gestión de ingresos - Carrera 44 No. 44-27
Alcaldía Local Riomar - C.C Plaza del parque Calle 99 No. 53 - 40, local 1
Correo elecrónicoatencionalciudadano@barranquilla.gov.co
Fecha de actualización29/10/2021
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